¿Es obligatorio ya el curso para tener perro?
Legalmente la obligación existe desde 2023; en la práctica, a septiembre de 2026 no puedes cumplirla porque el curso todavía no se ha creado. La Ley 7/2023 de Bienestar Animal entró en vigor el 29 de septiembre de 2023 y recoge esa exigencia, pero remite el contenido del curso y su forma de acreditación a un desarrollo reglamentario que aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. Sin ese reglamento no hay temario, no hay plataforma y no hay certificado.
Esta situación intermedia es la que genera todo el ruido. Cada cierto tiempo aparece un titular que dice «ya es obligatorio» o «multas de 10.000 euros», normalmente en webs que venden seguros para perros, y la gente entiende que ha incumplido algo. No es así: no se puede sancionar a nadie por no acreditar una formación que la Administración todavía no ofrece. Si alguien te ofrece hoy un «curso oficial de tenencia responsable» cobrando por él, no es el curso de la ley.
Qué dice exactamente la Ley de Bienestar Animal
Merece la pena leer el texto real en lugar de los resúmenes de terceros, porque es muy corto. El artículo 30 de la Ley 7/2023, titulado «Tenencia de perros», establece tres cosas:
- Quien quiera ser titular de un perro debe acreditar un curso de formación para la tenencia de perros, con validez indefinida.
- Ese curso será gratuito y su contenido se determinará reglamentariamente.
- Durante toda la vida del animal, el titular debe tener contratado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, cuya cuantía también se fija por reglamento.
Hay un segundo punto que casi nadie menciona: el artículo 26.h) incluye entre las obligaciones de cualquier persona que conviva con un animal de compañía la de «superar la formación en tenencia responsable reglamentada para cada especie». Es decir, la ley deja abierta la puerta a que en el futuro haya formación para otras especies, no solo para perros. De momento, la única concretada es la canina.
La ley dice que quienes opten a ser titulares de perros deberán «acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida». Fíjate en las tres palabras que importan: acreditar (hará falta un justificante), opten a ser titulares (mira al futuro, no al pasado) y validez indefinida (se hace una vez y ya está).
Por qué el curso sigue sin existir tres años después
La ley se aprobó dejando bastantes piezas sin definir, y todas ellas —el curso, la cuantía mínima del seguro, los listados positivos de especies— dependen del mismo real decreto. Ese reglamento lleva desde 2023 en elaboración: primero se retrasó por un Gobierno en funciones, después por los trámites de audiencia pública e informes preceptivos, y desde entonces las fechas anunciadas se han ido incumpliendo una tras otra.
La consecuencia práctica es un limbo incómodo. La obligación figura en el BOE, así que técnicamente existe; pero no hay forma material de cumplirla. Y como el reglamento tampoco ha fijado un régimen transitorio, nadie sabe todavía si habrá un plazo de gracia para quienes ya tienen perro, ni cuánto durará.
Buena parte de las noticias del tipo «confirmado: multas de hasta 10.000 euros por no hacer el curso» proceden de portales que venden seguros para mascotas y que mezclan lo que dice la ley con lo que dicen los borradores. Antes de creerte una fecha, comprueba si esa web enlaza al BOE. Si no lo hace, probablemente esté especulando.
¿Quién tendrá que hacer el curso y quién estará exento?
La ley habla de «las personas que opten a ser titulares de perros», una fórmula que apunta al futuro. Los borradores que han trascendido van en esa línea: la obligación se aplicaría a los nuevos titulares, es decir, a quien pase a tener un perro a partir de la entrada en vigor del reglamento, y no de forma retroactiva a los trece millones largos de animales ya registrados en España.
Sobre las exenciones, los mismos borradores contemplan que queden fuera quienes ya acreditan conocimientos por su profesión: veterinarios, profesionales del comportamiento y la educación canina, y criadores registrados. Tiene lógica, aunque conviene insistir en que nada de esto es definitivo hasta que aparezca publicado. Cualquier web que te dé hoy una lista cerrada de exentos está adelantando acontecimientos.
Cómo será el curso: precio, duración y contenido
Lo único que la ley garantiza es que será gratuito y de validez indefinida. El resto procede de los borradores y hay que tomarlo como una previsión razonable, no como un dato firme:
- Formato: telemático, para que se pueda hacer desde casa y desde cualquier punto del país.
- Duración: unas cuatro horas, según los borradores que han circulado.
- Evaluación: un test final que hay que superar para obtener la acreditación.
- Contenido previsto: necesidades básicas de la especie, alimentación, salud y gastos veterinarios, socialización y educación, y las obligaciones legales del titular.
Dicho sin rodeos: cuatro horas online no convierten a nadie en experto en perros. El objetivo del curso no es ese. Es un filtro contra la compra impulsiva, para que quien se lleva un cachorro haya visto antes, por escrito, cuánto cuesta un año de pienso, revisiones y peluquería, y qué implica un compromiso de doce o quince años. Como criadores, esa parte nos parece sensata: la mayoría de los abandonos empiezan por una decisión tomada en cinco minutos.
¿Dónde se hará el curso? El lío de las comunidades autónomas
Aquí es donde más confusión hay. La Ley 7/2023 es normativa básica estatal, pero la ejecución en materia de protección animal corresponde a las comunidades autónomas, que además tienen sus propias leyes previas. Lo previsible es que el reglamento fije un contenido mínimo común y que cada comunidad habilite su plataforma para impartirlo y emitir el certificado.
Eso significa que, cuando llegue el momento, el sitio donde tendrás que hacer el curso dependerá de dónde estés empadronado. En Extremadura, como en el resto, no hay todavía plataforma habilitada ni fecha anunciada. Si alguien te dice lo contrario, pídele el enlace oficial de la Junta: hoy no existe.
¿Estás pensando en traer un cachorro a casa?
Somos un criadero familiar en Cáceres con Núcleo Zoológico registrado. Te explicamos con claridad qué papeles vas a recibir, qué obligaciones tendrás desde el primer día y cuáles aún están pendientes de reglamento. Sin prisa y sin compromiso.
¿Me pueden multar por no haber hecho el curso?
A día de hoy, no. No cabe sancionar el incumplimiento de un deber que materialmente no se puede cumplir, y hasta que el reglamento no se publique en el BOE no hay curso, no hay certificado y no hay infracción posible. Este punto es el que más se distorsiona en los titulares.
Cuando el sistema esté en marcha, la falta de acreditación encajaría previsiblemente como infracción leve. La Ley 7/2023 sitúa las sanciones por infracciones leves a partir de 500 euros, y su tramo superior llega a los 10.000; las cifras de decenas o cientos de miles de euros que circulan corresponden a infracciones graves y muy graves, es decir, a maltrato o abandono, no a un papel que falta.
Nada especial. No te apuntes a cursos de pago que se anuncian como «oficiales», no hace falta. Lo que sí conviene revisar es lo que ya es exigible: microchip registrado a tu nombre, cartilla veterinaria al día y seguro de responsabilidad civil. Eso es lo que te puede pedir un agente hoy.
Si compras un cachorro: qué cambia para ti y para el criador
Esta es la parte que nos toca directamente y de la que casi nadie habla. El artículo 52 de la ley regula las condiciones de cría y transmisión de animales de compañía, e impone deberes de comprobación a quien entrega el animal: el criador registrado o la tienda autorizada debe verificar que la persona que se lleva el perro no está inhabilitada para tener animales y que cumple los requisitos legales, lo que incluirá la acreditación del curso cuando esté operativo.
Traducido: el día que el reglamento entre en vigor, un criadero serio no podrá entregarte un cachorro sin pedirte el certificado. No será una manía nuestra ni un trámite inventado, será una obligación legal del vendedor. Y esto tiene una lectura útil para ti como comprador: el criador que no te pida nada es exactamente el que deberías evitar.
De hecho, la ley ya es tajante en otros puntos que sí están plenamente en vigor. El artículo 27 prohíbe la venta de perros en tiendas de animales y establece que solo pueden venderse desde criadores registrados, además de prohibir la entrega de cualquier animal que no esté previamente identificado y registrado a nombre de quien lo transmite. Si te ofrecen un cachorro sin microchip o «con el chip lo pones tú», ahí no hay ninguna zona gris: es ilegal. Lo desarrollamos en detalle en nuestra guía sobre cómo saber si un criador de perros es legal.
Curso, seguro y licencia PPP: tres cosas que no son lo mismo
Mucha gente nos escribe mezclando los tres conceptos. Conviene separarlos porque tienen alcance, coste y estado muy distintos:
| Trámite | A quién afecta | Coste | Estado en 2026 |
|---|---|---|---|
| Curso de tenencia | Cualquier futuro titular de perro | Gratuito | Pendiente de reglamento |
| Seguro de RC | Todos los perros, según la ley estatal | Unos 40-80 €/año | En vigor, con la cuantía mínima aún sin fijar |
| Licencia PPP | Solo razas y perros catalogados como potencialmente peligrosos | Tasa municipal + certificados | Plenamente vigente desde hace años |
Un apunte que nos preguntan mucho: ni el Caniche Toy ni el Schnauzer Miniatura están catalogados como razas potencialmente peligrosas, así que la licencia PPP no les aplica. El curso, cuando exista, sí: será para cualquier perro, del tamaño que sea.
Checklist: qué sí es obligatorio hoy, en septiembre de 2026
Si te quedas con una sola parte del artículo, que sea esta. Lo exigible ahora mismo cuando tienes o compras un perro en España:
- Microchip implantado y registrado en el registro autonómico a tu nombre.
- Cartilla veterinaria con vacunaciones y desparasitaciones al día.
- Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, según el artículo 30.3.
- Contrato de compraventa por escrito y datos del criador registrado que te lo vende.
- Número de Núcleo Zoológico del criadero, que debe poder darte sin rodeos.
- Alta en el censo canino de tu ayuntamiento, con los plazos que marque tu municipio.
Y lo que no es exigible todavía: el curso de tenencia. Cuando lo sea, actualizaremos este artículo con la fecha, el enlace oficial y los plazos reales. Si estás preparando la llegada de un cachorro, te vendrá bien nuestra guía sobre cómo comprar un cachorro con garantías.
Revisado el 5 de septiembre de 2026. A esta fecha, el reglamento de desarrollo de la Ley 7/2023 no ha sido publicado en el BOE y el curso de tenencia de perros no está operativo en ninguna comunidad autónoma. Este artículo no es asesoramiento jurídico: para un caso concreto, consulta con tu ayuntamiento o con la administración competente de tu comunidad.
Preguntas frecuentes sobre el curso obligatorio para tener perro
¿Es obligatorio ya el curso para tener perro en 2026?
No en la práctica. La Ley 7/2023 lo establece en su artículo 30, pero el curso no existe todavía: su contenido y su plataforma dependen de un reglamento que aún no se ha publicado en el BOE. Mientras eso no ocurra, no hay dónde hacerlo y nadie puede ser sancionado por no haberlo hecho.
¿Cuánto cuesta el curso obligatorio para tener perro?
Nada. El artículo 30.2 dice expresamente que será gratuito, y además tendrá validez indefinida: se hace una sola vez y sirve para toda la vida. Desconfía de cualquier web que te cobre por un curso «oficial».
¿Quién tendrá que hacer el curso?
Según los borradores conocidos, sobre todo los nuevos titulares: quienes pasen a tener un perro después de que entre en vigor el reglamento. Los borradores contemplan exenciones para veterinarios, profesionales del comportamiento animal y criadores registrados, aunque nada es definitivo hasta que se publique.
¿Me pueden multar por no haber hecho el curso?
Hoy no. No puede sancionarse el incumplimiento de una obligación que aún no se puede cumplir. Cuando se publique el reglamento, la falta de acreditación encajaría previsiblemente como infracción leve, con multas que en la Ley 7/2023 arrancan en 500 euros.
Si compro un cachorro ahora, ¿necesito el curso?
No, porque todavía no se puede hacer. Lo que sí debes exigir a un criador registrado es microchip, cartilla veterinaria, contrato y número de Núcleo Zoológico. Cuando el curso esté operativo, el criador tendrá que comprobar que lo has superado antes de entregarte el cachorro.
¿El curso es lo mismo que la licencia de perro potencialmente peligroso?
No. La licencia PPP es un trámite municipal, de pago, solo para razas y perros catalogados, con certificado psicofísico y antecedentes penales. El curso del artículo 30 será estatal, gratuito y para cualquier persona que quiera tener un perro, sea de la raza que sea.
¿Y si ya tengo perro desde hace años?
Todo apunta a que no tendrás que hacerlo, porque la ley habla de quienes «opten a ser titulares» y los borradores lo dirigen a los nuevos titulares. Pero el régimen transitorio no está publicado, así que conviene esperar al texto definitivo antes de darlo por seguro.